
Leyes que protegen los ecosistemas marinos
Panamá cuenta con varias leyes y reglamentos importantes que protegen los ecosistemas marinos.
1. Ley 304 de 31 de mayo de 2022
La Ley 304 es la principal legislación de Panamá dedicada específicamente a la protección de los sistemas arrecifales coralinos, las comunidades de coral y los ecosistemas y especies asociados. Estos ecosistemas incluyen los peces de arrecife, los humedales y las praderas de pastos marinos. La ley promueve su protección, conservación, uso sostenible, restauración, prevención de la contaminación, rehabilitación y resiliencia ecológica.
2. Ley 41 de 1998– Ley General de Ambiente
Esta ley constituye la piedra angular de la legislación ambiental de Panamá.
La Ley 41 debe leerse junto con sus modificaciones, especialmente la Ley 8 de 2015, mediante la cual se creó el Ministerio de Ambiente (MiAMBIENTE).
3. Ley 44 de 2006 – ARAP (Autoridad de los Recursos Acuáticos de Panamá)
La Ley 44 creó la Autoridad de los Recursos Acuáticos de Panamá (ARAP). ARAP tiene responsabilidades relacionadas con la pesca, la acuicultura, los recursos acuáticos y las medidas destinadas a proteger el patrimonio acuático y el medio ambiente de Panamá.
Dependiendo de la actividad, ARAP puede tener competencias sobre los recursos pesqueros, las especies acuáticas, el uso de manglares y otros asuntos relacionados con las zonas costeras y marinas.
La Ley 44 otorga a ARAP funciones destinadas a proteger el patrimonio acuático nacional y contribuir a la protección del medio ambiente.
4. Decreto Ejecutivo No. 1 de 1 de marzo de 2023, modificado por el Decreto Ejecutivo No. 2 de 27 de marzo de 2024
Estos decretos regulan el proceso de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) en Panamá conforme a la Ley 41 de 1998.
Establecen los procedimientos y requisitos para determinar si un proyecto, obra o actividad requiere un Estudio de Impacto Ambiental, la categoría del estudio requerida y el proceso de evaluación ambiental que debe completarse antes del inicio del proyecto.
Resumen General de las Leyes Marinas
En conjunto, estas leyes y reglamentos establecen medidas para la protección y gestión de:
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Arrecifes de coral
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Praderas de pastos marinos
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Peces de arrecife y especies asociadas
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Humedales
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Manglares
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Comunidades y hábitats coralinos
La legislación declara estos ecosistemas de interés público y exige su protección, conservación, restauración y uso sostenible.
Actividades Prohibidas o Restringidas
Las actividades que pueden estar prohibidas, restringidas o sujetas a autorización ambiental incluyen aquellas que causen o puedan causar:
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Destrucción física de los arrecifes.
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Sedimentación o enterramiento de los corales.
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Contaminación.
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Vertido de residuos.
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Destrucción de ecosistemas asociados, como las praderas de pastos marinos.
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Daños a las especies que dependen de los arrecifes.
Proyectos en Bocas del Toro que Pueden Afectar Estos Ecosistemas Incluyen
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Dragado.
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Relleno de fondos marinos poco profundos.
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Construcción sobre arrecifes.
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Construcción de marinas o muelles.
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Descarga inadecuada de aguas residuales.
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Escorrentía de sedimentos causada por el desmonte o la limpieza de terrenos.
La Ley General de Ambiente de Panamá Exige
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Estudios de Impacto Ambiental (EIA).
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Prevención del daño ambiental.
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Protección de los ecosistemas marinos.
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Aplicación del principio de precaución.
Actividades que Pueden Requerir Aprobaciones Ambientales y de Otras Autoridades Gubernamentales
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Dragado de canales
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Relleno de áreas del fondo marino
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Construcción sobre el agua
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Muelles y embarcaderos
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Marinas
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Rompeolas
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Muros de contención costeros
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Hincado de pilotes
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Extracción de arena
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Grandes desarrollos costeros
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Excavaciones que afecten hábitats marinos
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Construcción dentro de los primeros 10 metros medidos desde la línea de pleamar
Los proyectos costeros, de playa y sobre el agua también pueden requerir autorizaciones relacionadas con áreas costeras de dominio público, concesiones marítimas, administración de tierras y protección de hábitats. Consulte la página Requisitos de Permisos para Construcciones en Playas y Sobre el Agua.
Protección de los Manglares
Los manglares son ecosistemas de gran importancia ecológica y están sujetos a una estricta regulación legal. La tala, el relleno, el uso o cualquier alteración de áreas de manglar puede requerir autorización previa y también activar la obligación de realizar una evaluación ambiental.
Las actividades que requieren autorización incluyen:
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Tala o eliminación de manglares
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Relleno de áreas de manglar
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Excavaciones
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Construcción dentro o a través del hábitat de manglar
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Dragado de canales
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Uso comercial u otro aprovechamiento de los recursos forestales del manglar
Debido a que los manglares, las praderas de pastos marinos y los arrecifes de coral están ecológicamente conectados, el daño a uno de estos hábitats —como la sedimentación provocada por la eliminación de manglares o la alteración del terreno— también puede afectar otros ecosistemas protegidos y activar diversas leyes ambientales y requisitos de permisos, incluida la Ley 304.
La alteración de manglares está altamente regulada y nunca debe iniciarse sin la autorización escrita de las autoridades competentes.
5. Reglamentos sobre la Evaluación de Impacto Ambiental (EIA)
Los proyectos, obras o actividades que puedan causar alteraciones al medio ambiente deben evaluarse conforme a la normativa vigente sobre Evaluación de Impacto Ambiental (EIA), para determinar si requieren un Estudio de Impacto Ambiental y la aprobación ambiental previa.
Los estudios pueden evaluar, entre otros aspectos:
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Arrecifes de coral.
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Praderas de pastos marinos.
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Fauna marina.
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Calidad del agua.
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Corrientes oceánicas.
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Sedimentación.
Proyectos que Habitualmente Requieren un EIA
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Hoteles.
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Condominios.
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Marinas.
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Carreteras.
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Puentes.
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Dragados.
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Desarrollos costeros.
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Estructuras sobre el agua.
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Muelles.
Sanciones
La Ley 304 establece la protección de estos ecosistemas; sin embargo, la mayoría de las sanciones se aplican a través del marco jurídico ambiental previsto en la Ley 41 de 1998. Las sanciones se determinan conforme a la legislación y al procedimiento administrativo aplicable a cada caso.
Las posibles sanciones incluyen:
Multas Administrativas
MiAMBIENTE puede imponer multas que pueden alcanzar cientos de miles de dólares, dependiendo de:
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La gravedad del daño.
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La magnitud del impacto ambiental.
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Si la infracción fue intencional.
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Si es posible restaurar el daño causado.
Suspensión de Obras
Las actividades de construcción pueden:
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Ser suspendidas inmediatamente.
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Ser paralizadas hasta obtener los permisos correspondientes.
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Estar sujetas a órdenes de cierre.
Órdenes de Restauración
La parte responsable puede estar obligada a:
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Restaurar los ecosistemas dañados.
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Retirar estructuras construidas ilegalmente.
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Llevar a cabo la rehabilitación ambiental por cuenta propia.
Revocación de Permisos
Los permisos ambientales pueden ser suspendidos o revocados.
Responsabilidad Civil
Las personas afectadas pueden reclamar indemnizaciones por daños y perjuicios ante los tribunales.
Responsabilidad Penal
Cuando el daño ambiental sea grave o afecte ecosistemas o especies protegidas, también podrán imponerse cargos penales y penas de prisión conforme al Código Penal de Panamá.
